Corte de La Serena ordena vacunar a recién nacido tras negativa de su madre: tribunal calificó la decisión como “ilegal y arbitraria”
La Corte de Apelaciones de La Serena acogió un recurso de protección presentado por el Hospital San Juan de Dios y ordenó vacunar a un recién nacido contra la meningitis tuberculosa y la hepatitis B, luego de que su madre se negara a permitir la inmunización, argumentando “libertad de crianza”.
El tribunal consideró que la negativa de la mujer vulneraba el derecho a la vida y salud del lactante, calificando su actuar como “ilegal y arbitrario”.
La resolución fue dictada de forma unánime por los ministros Felipe Pulgar Bravo, Carlos Jorquera Peñaloza y el abogado integrante Jaime Camus del Valle, quienes señalaron que la decisión de la madre “carece de base normativa” y “expone al menor a enfermedades inmunoprevenibles”.
En su fallo, la Corte recordó que tanto la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño como la legislación chilena obligan al Estado a garantizar el acceso a la salud y la vacunación oportuna, subrayando que debe primar el interés superior del niño por sobre cualquier decisión parental.
“El principio de inmunización constituye una herramienta indispensable para alcanzar el más alto nivel de salud posible”, destacó el documento judicial.
El tribunal ordenó a la madre llevar al niño al servicio de salud correspondiente para recibir las vacunas y advirtió que, de no hacerlo, se remitirán los antecedentes a la Oficina Local de la Niñez para iniciar un procedimiento de protección administrativa.




