Carabineros de Franco Autorizados para Portar Armas Institucionales: Instrucción del General Director Yáñez
En una medida sin precedentes, el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, ha emitido una instrucción que permite a los funcionarios de franco utilizar su armamento institucional para prestar auxilio o defenderse frente a delitos, como los asaltos. La decisión surge en respuesta a recientes eventos en los que funcionarios policiales de civil han tenido que intervenir en robos con violencia para repeler a los delincuentes.
La instrucción, contenida en un documento titulado “Personal que no posee armamento particular”, fechado el pasado viernes 5 de enero, detalla que los uniformados que no tengan armas inscritas a su nombre pueden solicitar en sus unidades una pistola o revólver fiscal, así como municiones.
Según La Tercera, el general Yáñez señala en el documento que la medida se toma “atendidas las diversas actuaciones del personal de Carabineros, que en calidad de franco y en cumplimiento del deber de manera valerosa y aun a riesgo de su propia integridad física, presta auxilio policial a víctimas de graves delitos, cuyos hechores lo hacen con armamento de alto poder de fuego; o bien, cuando son ellos mismos y sus familias quienes son víctimas de la delincuencia”.
La instrucción establece condiciones para que los carabineros de franco porten armas institucionales, incluyendo criterios como la hoja de vida del funcionario, la práctica de tiro al día, el informe del mando de la unidad conforme a la realidad territorial y desplazamiento del personal, la existencia de cargo de armamento suficiente y cualquier otro antecedente relevante.
Esta medida busca fortalecer la capacidad de respuesta de Carabineros en situaciones de emergencia y garantizar la seguridad tanto de los funcionarios como de la ciudadanía. La instrucción ya ha sido comunicada a las unidades policiales y está generando diversas opiniones y debates en torno a su implementación y consecuencias.