La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió una querella infraccional y una demanda civil por indemnización de perjuicios en contra de la Universidad de Viña del Mar, ordenando el pago de una multa de 10 UTM a beneficio fiscal y una compensación de $5.000.000 a un paciente afectado por un tratamiento odontológico deficiente.
En un fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia dictada previamente por el Segundo Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, estableciendo que el reclamo del demandante se fundamenta en la deficiente prestación del servicio, así como en la negativa de continuar con el tratamiento previamente contratado y pagado.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el paciente inició en junio de 2019 un tratamiento dental en la clínica odontológica de la casa de estudios, el cual debía finalizar ese mismo año. Sin embargo, debido a complicaciones, el proceso se extendió con atenciones intermitentes y retratamientos hasta enero de 2023, sin que se cumpliera con las condiciones y calidad acordadas.
El tribunal concluyó que los hechos configuran una infracción a la normativa de protección al consumidor, al acreditarse una prestación deficiente del servicio contratado, lo que motivó acoger la acción judicial presentada por el afectado.
Con esta resolución, la justicia determinó que la institución debe responder tanto en el ámbito infraccional como civil, estableciendo sanciones económicas y una indemnización en favor del paciente perjudicado.




