A partir de este jueves 1 de agosto, entró en vigor la Ley Karin, una normativa que busca regular las relaciones laborales en empresas e instituciones, sancionando conductas de acoso laboral, sexual y violencia en el entorno laboral. Esta legislación marca una diferencia significativa respecto a la normativa anterior, ya que no exige que los actos de hostigamiento sean repetitivos para ser considerados y penalizados.
Denuncias y Procedimientos
Los trabajadores que se sientan víctimas de estas conductas pueden presentar denuncias ante su empleador, la Inspección del Trabajo o los tribunales laborales correspondientes. En el sector público, las investigaciones deben concluir en un plazo de cinco días, extendiéndose hasta 20 días hábiles en casos de mayor gravedad. En el sector privado, la investigación debe cerrarse en un máximo de 30 días.
La implementación de la Ley Karin pretende transformar la cultura laboral en Chile, estableciendo un marco regulatorio de respeto y buen trato entre los trabajadores. Las empresas e instituciones, sin importar su tamaño, estarán obligadas a implementar acciones como el diálogo, el logro de acuerdos, el establecimiento de protocolos preventivos y la capacitación de sus colaboradores.
Origen de la Ley
La ley lleva el nombre de Karin Salgado, una técnica de enfermería que trabajaba en el Hospital Herminda Martín de Chillán y que se suicidó en 2019 tras sufrir acoso reiterado. Su caso conmovió al país y motivó la creación de esta legislación.
Tipos de Acoso
Acoso Sexual: Definido como cualquier requerimiento sexual no consentido e inapropiado, que amenaza o perjudica la situación laboral o las oportunidades del receptor. Ejemplos incluyen:
– Contacto físico no deseado.
– Chistes de doble sentido.
– Invitaciones impropias.
– Insinuaciones, promesas o chantajes.
– Trato ofensivo u hostil.
Violencia en el Trabajo: Comprende conductas violentas por parte de clientes, proveedores u otros terceros que afectan a los trabajadores durante la prestación de servicios. Ejemplos incluyen:
– Gritos o amenazas.
– Uso de palabras ofensivas.
– Golpes, empujones, puñetazos, patadas o bofetadas.
– Conductas que amenacen con causar lesiones físicas o potencialmente la muerte.
– Daños materiales en el entorno laboral como vandalismo, robo o asaltos.
Acoso Laboral: Se refiere a cualquier conducta de agresión u hostigamiento por parte de un empleador o compañeros que cause menoscabo, maltrato o humillación, o que amenace o perjudique la situación laboral o las oportunidades del afectado. Ejemplos incluyen:
– Insinuar que un trabajador tiene problemas psicológicos.
– Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar.
– Prohibir a los compañeros hablar con una determinada persona.
– Restringir a un subordinado la posibilidad de hablar.
– Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva.
– Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
– No asignar tareas a un trabajador o asignarle tareas por debajo de sus capacidades.
– Asignar tareas degradantes o con datos erróneos a un trabajador.
– Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia.
– No establecer comunicación directamente con un trabajador.
– Tratar a un trabajador como si no existiera.
– Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador.
– Realizar “terror telefónico” contra un trabajador.
– Ridiculizar a un trabajador.
– Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
– Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador.
– Burlarse de la vida privada de un trabajador.
La Ley Karin representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales en Chile, promoviendo un ambiente de trabajo seguro y respetuoso para todos.